VIAJAR A TENERIFE. TODO SOBRE EL COVID-19

13 de Enero de 2021 Alain Rascioni

VIAJAR A TENERIFE. TODO SOBRE EL COVID-19

Actualizado el 11 de enero 2021

En esta página encontrarás toda la información relacionada con los viajes a Tenerife y la estancia en la isla, en la situación que vivimos con el Covid-19. Tanto si eres viajero como profesional del sector turístico, podrás revisar los protocolos y normativas de seguridad sanitarios.

Trámites antes de viajar a Tenerife

Movilidad turística desde y hacia la isla de Tenerife

En el caso de los turistas nacionales y extranjeros que tengan previsto venir a la isla de Tenerife de vacaciones, pueden acogerse a las excepcionalidades siempre que acrediten una reserva en un establecimiento turístico de alojamiento inscrito en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias, y estén sujetos el régimen de control de salud pública en la admisión a un establecimiento alojativo de acuerdo con el Decreto ley 17/2020, de 29 de octubre, de medidas extraordinarias en materia turística para afrontar los efectos de la crisis sanitaria y económica producida por la pandemia ocasionada por la COVID-19. Esta normativa estará vigente hasta el 10 de enero de 2021

Más información en BOC del 9 de enero del 2021

Recordamos además la normativa estatal vigente para la entrada a la isla a los pasajeros internacionales, según establece la disposición de 11 de diciembre de 2020 y que se puede consultar íntegramente en el enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2020/12/11/pdfs/BOE-A-2020-15951.pdf

Transcripción del BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 323 Viernes 11 de diciembre de 2020 Sec. I. Pág. 113287 – Disposición 15951

“Todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de España deberán cumplimentar, antes de la salida, un formulario de salud pública denominado «Formulario de Control Sanitario», a través de la web https://www.spth.gob.es/, o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH.

Los pasajeros que, procediendo de un país o zona de riesgo de los definidos por el Ministerio de Sanidad (el listado de países o zonas de riesgo establecido en el anexo II de la Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, así como los criterios empleados para su definición, serán revisados cada quince días y su actualización será publicada en la página web del Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/ y en la web: https://www.spth.gob.es.), no acrediten adecuadamente la realización de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (en adelante PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada, deberán someterse a la realización de la PDIA que establezcan los servicios de sanidad exterior.

Como parte del control documental que se realiza en los puntos de entrada, se podrá solicitar al pasajero, en cualquier momento, la acreditación del resultado de la PDIA. El documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o del documento o carta nacional de identidad (que deberá coincidir con el utilizado en el Formulario de Control Sanitario), fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.

La PDIA para SARS-CoV-2 admitida es la PCR (RT-PCR de COVID-19). Mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea, no se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA)”.

El Gobierno de España también ha comunicado que permite a los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo, además de una PCR, que pueden acreditar un diagnóstico negativo de infección activa por Covid-19 con una prueba de Amplificación Mediada por Transcripción (TMA) realizada 72 horas antes de su llegada.

En este enlace del Gobierno de España encontraras toda la información relacionada con los trámites y requisitos para viajar a España